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Order (Auto)January 31, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo

✓Claimant Rivera Ortega Hernan Dario·Respondent Ministerio De Trabajo

✓
Topic · hard data
Reconocimiento Y Pago De La Prestación Humanitaria Periódica Para Las Víctimas Del Conflicto Armado Establecida En El Artículo 46 De La Ley 418 De 1997.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos sobre sistema de seguridad social integral según cláusula general de competencia
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veinticuatro Administrativo Oral del Circuito de Medellín y el Juzgado Quince Laboral del Circuito de Medellín.

La controversia es causada por demanda en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, presentada por un ciudadano, en contra del Ministerio del Trabajo, mediante la cual pretende que se declare la nulidad de una resoluciones proferidas por el Ministerio del Trabajo las cuales negaron el reconocimiento de la prestación humanitaria periódica para víctimas del conflicto armado y se ordene el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez como víctima del conflicto armado.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera lo dispuesto en el Auto 104 de 2022 para concluir que, conforme a lo previsto por el numeral 4 del artículo 2 del CPTSS, en aquellos eventos en los que se pretenda el reconocimiento y pago de la prestación para víctimas del conflicto establecida en el artículo 46 de la Ley 418 de 1997, será la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral y de la seguridad social, la llamada a conocer este tipo de controversias, toda vez que se trata de una prestación relacionada con la seguridad social.

Esto, porque (i) tiene en cuenta el concepto de invalidez previsto en la Ley 100 de 1993; (ii) su monto mínimo se rige también por la Ley 100 de 1993; (iii) dicha prestación era cubierta por el Fondo de Solidaridad Pensional y (iv) su reconocimiento fue asignado a Colpensiones, en su momento.

Por consiguiente, resuelve remitir el expediente al Juzgado Quince Laboral del Circuito de Medellín, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Veinticuatro Administrativo Oral del Circuito de Medellín y a los sujetos procesales e interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Veinticuatro Administrativo Oral del Circuito de Medellín y el Juzgado Quince Laboral del Circuito de Medellín, y DECLARAR que corresponde al Juzgado Quince Laboral del Circuito de Medellín el conocimiento del proceso promovido por Hernán Darío Rivera Ortega, en contra del Ministerio del Trabajo, la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones y la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. y/o Fiduagraria S.A.
  2. Segundo. REMITIR por medio de la Secretaría General de esta Corporación, el expediente CJU-4561 al Juzgado Quince Laboral del Circuito de Medellín, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Veinticuatro Administrativo Oral del Circuito de Medellín y a los sujetos procesales e interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.